La Ley Nº 2.244 establece que las personas físicas o jurídicas que comercialicen, o presten servicios a consumidores y/o usuarios en el ámbito de la C.A.B.A y posean página de internet, deberán agregar un enlace con la Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor.
Subsecretaría de Defensa del Consumidor.
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Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor.
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